La jugada del viernes
Julián Valiente - viendo baloncesto en Coruña desde 1967
Mi primer contacto con el baloncesto fue en 1967, cuando el Bosco ascendió a Primera División Nacional. Fui socio del Bosco desde 1971, he sido abonado y apoyado todos los proyectos que se llevaron a cabo en Coruña: Basketmar, CAB y ahora Basquet Coruña. Paralelamente he sido árbitro de categoría nacional y ahora, lo que son las cosas, ocasionalmente escribo de baloncesto por afición. Se trata de jugada producida en el minuto 36, mediado el último cuarto, en el que el jugador naranja num 22 se hace con un rebote a escasamente un metro de su canasta. El 12 negro presiona la salida, pero lo hace con tal intensidad que invade el cilindro del jugador naranja. En el forcejeo por ganar la posición, siempre dentro del cilindro, el jugador naranja golpea con su brazo en la cara del jugador negro. Para sorpresa de buena parte de la grada, mía incluida, el árbitro de cabeza, el situado más cerca de la jugada, señala falta antideportiva del jugador naranja.
Conviene precisar, después del intenso debate celebrado y la consulta, una vez más del Reglamento Oficial y de las interpretaciones, lo siguiente:
Sobre la falta
Que existe contacto es innegable (el jugador invasor presenta un corte en el labio que le produce sangre). Desde distintas posiciones en el campo (unos en el lateral y otros bajo canasta, lo que nos permite tener una visión de la jugada similar a la que podría tener el trío arbitral) nos hemos puesto de acuerdo en que sí se produce invasión del cilindro del jugador con posesión del balón por parte del que pretende arrebatárselo, aunque queda la duda de quien es el responsable del contacto y por ello de la falta, si es que la hay.Para determinar la existencia de la falta tendremos que acudir a lo previsto en las Reglas de Juego (art. 33.- Contacto: principios generales y a sus apartados 33.1.- Principio del cilindro y 33.2.- Principio de verticalidad).
El primero, el principio del cilindro, dice:
El principio del cilindro se define como el espacio dentro de un cilindro imaginario ocupado por un jugador en el suelo. Incluye el espacio por encima de él y está delimitado por
- las palmas de las manos en la parte delantera.
- las nalgas en la parte trasera.
- la parte exterior de los brazos y piernas en los laterales.
Y el segundo, principio de verticalidad,
Durante el partido, cada jugador tiene derecho a ocupar cualquier posición (cilindro) en el terreno de juego que no esté ya ocupada por un adversario.
Este principio protege el espacio que ocupa el jugador en el suelo y el espacio sobre él cuando salta verticalmente desde ese lugar.
En cuanto el jugador abandona su posición vertical (cilindro) y se produce un contacto con el cuerpo con un adversario que haya establecido su propia posición vertical (cilindro), el jugador que abandonó su posición vertical (cilindro) es responsable del contacto.
No se debe penalizar al jugador defensor por saltar verticalmente (dentro de su cilindro) o por tener sus manos y brazos extendidos por encima de él dentro de su propio cilindro.
El jugador atacante, esté sobre el suelo o en el aire, no provocará ningún contacto con el jugador defensor que esté en posición legal de defensa:
- Utilizando sus brazos para crearse más espacio (empujando).
- Extendiendo sus piernas o brazos para provocar un contacto durante o justo después de un lanzamiento a canasta.
En base a ese principio de verticalidad, es el jugador naranja el responsable del contacto y por tanto de la falta y nunca es el jugador negro el que comete algo ilegal.
Sobre la sanción (personal o antideportiva)
Leemos (una vez más) el Reglamento, que en su articulo 37 (Falta antideportiva), dice, entre otros:
Una falta antideportiva es una falta de jugador que implica contacto y que, a juicio del árbitro
Por si todo esto no fuera suficiente, en las Interpretaciones Oficiales de las Reglas de Juego, situación 36.21, dice:
“Cuando se permite un balanceo excesivo de los codos puede producirse una grave lesión, especialmente en situaciones de rebote y de defensas muy próximas. Si tal acción provoca un contacto debe sancionarse falta personal, antideportiva o incluso descalificante. En caso de no existir contacto puede sancionarse una falta técnica.”
Y el ejemplo que pone, es el siguiente:
“A1 salta, consigue el rebote y vuelve al suelo. A1 es estrechamente defendido de inmediato por B1. Sin contactar con B1, A1 balancea excesivamente los codos en un intento de intimidar a B1 o para crear un espacio suficiente para poder pivotar, pasar o regatear.”
Ni que los estuvieran viendo!!!
Y la interpretación “La accion de A1 no se ajusta al espíritu e intención de las Reglas. Puede sancionarse con una falta técnica a A1.”
Aunque a primera vista, en la cancha, creí que los árbitros erraban, el debate suscitado más tarde y sobre todo la lectura y repaso del Reglamento (el mejor amigo del aficionado, nunca le engaña), me obligan a darles la razón y me alegro. Sobre todo, porque una vez más se demuestra que el baloncesto es un deporte terriblemente complejo en el que hay que estar con todos los sentidos puestos para su control.
Está claro que el juego admite muchas lecturas y muchos puntos de vista. Al igual que gusta una buena defensa, ver un buen arbitraje, que controle que todo se desarrolle según lo reglado, a algunos nos resulta igual de placentero.
- No es un esfuerzo legítimo de jugar directamente el balón dentro del espíritu y la intención de las reglas.
- Es un contacto excesivo y violento del jugador en un esfuerzo por jugar el balón o sobre un adversario.
Por si todo esto no fuera suficiente, en las Interpretaciones Oficiales de las Reglas de Juego, situación 36.21, dice:
“Cuando se permite un balanceo excesivo de los codos puede producirse una grave lesión, especialmente en situaciones de rebote y de defensas muy próximas. Si tal acción provoca un contacto debe sancionarse falta personal, antideportiva o incluso descalificante. En caso de no existir contacto puede sancionarse una falta técnica.”
Y el ejemplo que pone, es el siguiente:
“A1 salta, consigue el rebote y vuelve al suelo. A1 es estrechamente defendido de inmediato por B1. Sin contactar con B1, A1 balancea excesivamente los codos en un intento de intimidar a B1 o para crear un espacio suficiente para poder pivotar, pasar o regatear.”
Ni que los estuvieran viendo!!!
Y la interpretación “La accion de A1 no se ajusta al espíritu e intención de las Reglas. Puede sancionarse con una falta técnica a A1.”
Aunque a primera vista, en la cancha, creí que los árbitros erraban, el debate suscitado más tarde y sobre todo la lectura y repaso del Reglamento (el mejor amigo del aficionado, nunca le engaña), me obligan a darles la razón y me alegro. Sobre todo, porque una vez más se demuestra que el baloncesto es un deporte terriblemente complejo en el que hay que estar con todos los sentidos puestos para su control.
Está claro que el juego admite muchas lecturas y muchos puntos de vista. Al igual que gusta una buena defensa, ver un buen arbitraje, que controle que todo se desarrolle según lo reglado, a algunos nos resulta igual de placentero.
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